
Certificado de amianto
Obligatorio en Catalunya desde el 3 de octubre de 2026 para vender o alquilar.
Una obligación nueva, que solo existe en Catalunya.
La Ley 8/2026, de erradicación del amianto, aprobada por el Parlament de Catalunya, obliga a entregar un certificado de presencia o ausencia de amianto en cada compraventa y en cada alquiler. Es una norma catalana: no se aplica en el resto de España.
El certificado informa de si el inmueble contiene materiales con amianto y, si los hay, en qué estado se encuentran. Así, quien compra o alquila sabe lo que hay antes de firmar.
Dónde suele aparecer el amianto
Cubiertas de fibrocemento
Las conocidas placas de uralita, muy habituales en naves, garajes y trasteros.
Bajantes y tuberías
Conducciones de fibrocemento en patios y fachadas de edificios antiguos.
Depósitos de agua
Depósitos de fibrocemento en cubiertas y terrados.
Conductos y chimeneas
Salidas de humos y conductos de ventilación.
Pavimentos y colas
Algunas baldosas vinílicas y adhesivos antiguos.
Aislamientos
Revestimientos de instalaciones y calderas antiguas.
Cómo funciona
Solicitud
Nos envías la dirección, el tipo de inmueble y el año de construcción si lo sabes. Te damos un presupuesto cerrado.
Inspección
Revisamos el inmueble y los elementos accesibles e identificamos los materiales sospechosos.
Análisis
Si hay materiales dudosos, se toman muestras para analizarlas en un laboratorio acreditado.
Certificado
Te entregamos el certificado firmado, listo para la inmobiliaria, la notaría o el inquilino.
Quién lo necesita
- Propietarios que venden una vivienda, un local o una nave
- Propietarios que alquilan un inmueble
- Inmobiliarias y administradores de fincas que gestionan la operación
- Compradores que quieren conocer el estado del inmueble antes de firmar
La ley ya está en vigor, pero el reglamento que la desarrolla todavía debe concretar el formato del certificado y qué técnicos pueden emitirlo. Adaptamos nuestros informes a cada novedad.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio en toda España?
No. Es una obligación de la ley catalana 8/2026 y solo se aplica a inmuebles situados en Catalunya.
¿Desde cuándo es obligatorio?
Desde el 3 de octubre de 2026, fecha de entrada en vigor de la ley, publicada en el DOGC el 3 de julio de 2026.
¿Qué edificios pueden tener amianto?
Sobre todo los construidos o reformados antes de 2002, cuando se prohibió definitivamente su uso en España. El reglamento concretará el alcance exacto de la obligación.
Otros servicios

Proyectos
Viviendas de obra nueva, de la primera idea a la entrega de llaves.

Reformas
Reformas integrales, cocinas y baños, vistas en 3D antes de empezar.

Rehabilitación
Fachadas, cubiertas y edificios. Nos encargamos de todo, licencia incluida.

Certificado energético
Obligatorio para vender o alquilar. Registro en el ICAEN incluido.

Cédula de habitabilidad
Visita técnica, certificado y trámite para alquilar, vender o dar de alta suministros.
¿Hablamos de tu proyecto?
Cuéntanos qué necesitas por WhatsApp, por teléfono o por correo. Te respondemos rápido, y la primera visita es sin compromiso.
- Contacto
- Tomas Alguacil
- Teléfono
- +34 657 26 20 48
- +34 657 26 20 48
- Correo
- arcocanet@gmail.com
- Dónde estamos
- En el Maresme. Trabajamos en las provincias de Barcelona, Girona y Tarragona.